El Comité Paritario de Higiene y Seguridad es llamado a promover la prevención de riesgos profesionales al interior del establecimiento. Sus decisiones son obligatorias para la entidad empleadora y los trabajadores, con la asesoría de los organismos administradores de la Ley 16.744 y del experto en prevención.
Funciones
- Asesorar e instruir a los trabajadores en la correcta utilización de los instrumentos de protección.
- Vigilar el cumplimiento de las medidas de prevención, higiene y seguridad, desarrollando una labor permanente y elaborando programas al respecto.
- Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en el establecimiento.
- Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador.
- Indicar la adopción de medidas que sirvan para la prevención de riesgos profesionales.
- Cumplir las demás funciones que le encomiende el organismo administrador respectivo.
- Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los trabajadores.
Electos por los trabajadores
Titulares: Ángel Castro Jarjalakis (Presidente), Felipe Tapia Lara
Suplentes: Paola Toro Guzmán, Rodrigo Tello Ireland
Designados por el Colegio
Titulares: Antonio Bustos Acevedo, Guillermo Díaz Araya, Esteban Ramos Pizarro
Suplentes: Cecilia García Pizarro, Silvia Carvajal Acuña